Bono social de gas: requisitos, condiciones y solicitud
Descubre si puedes beneficiarte del Bono Social Térmico para gas natural. Te ayudamos a solicitar esta ayuda y ahorrar en tu factura de calefacción, agua caliente o cocina, con asesoramiento completamente gratuito.
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¿Qué es el bono social del gas y para qué sirve?
El bono social del gas natural es una ayuda económica impulsada por el Gobierno para apoyar a los hogares con menos recursos a afrontar los gastos de calefacción, agua caliente y cocina. Su objetivo es garantizar que todas las familias puedan mantener una temperatura adecuada en casa, especialmente durante el invierno, sin que la factura del gas se convierta en una carga.
A diferencia de otros descuentos energéticos, el bono social del gas no se aplica directamente en la factura, sino que se entrega como un pago único anual, normalmente entre los meses de enero y marzo. El importe depende de dos factores:
- Zona climática: cuanto más frío sea el invierno en tu municipio, mayor será la ayuda.
- Grado de vulnerabilidad: consumidor vulnerable, severo o familia numerosa.
En la práctica, las cuantías oscilan entre 40 y 370 € al año, con una media de unos 150 € por vivienda. El dinero se ingresa directamente en la cuenta bancaria del titular, sin necesidad de justificar el gasto.
| Zona climática | Ayuda mínima (€) | Ayuda máxima (€) |
|---|---|---|
| Cálida | 40 € | 60 € |
| Media | 80 € | 200 € |
| Fría o muy fría | 250 € | 370 € |
El bono está gestionado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), aunque para recibirlo es necesario ser beneficiario del bono social eléctrico, ya que ambos están vinculados. Si ya tienes el descuento en la luz, el del gas se concede automáticamente.
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¿Quién puede solicitar el bono social de gas?
El bono social del gas natural está destinado a los hogares que se encuentran en situación de vulnerabilidad energética, es decir, a las personas o familias que tienen dificultades para afrontar los gastos de calefacción, agua caliente o cocina en su vivienda habitual.
Pueden beneficiarse de esta ayuda distintos perfiles, según su nivel de ingresos o sus circunstancias personales. A continuación te explicamos quiénes pueden solicitarlo y qué requisitos deben cumplir:
🟩 Consumidores vulnerables
Son los hogares cuyos ingresos anuales no superan los límites fijados por el Gobierno en función del número de personas que componen la unidad familiar.
- Una persona sola: hasta 1,5 veces el IPREM anual.
- Familias con dos adultos y dos hijos: hasta 2 o 2,5 veces el IPREM.
Cuantos más miembros haya, mayor será el umbral permitido.
Beneficio: acceden a la ayuda básica del bono social térmico, con importes entre 40 y 150 € según la zona.
🟧 Consumidores vulnerables severos
Incluye a los hogares con ingresos inferiores al 50 % de los límites anteriores o a quienes están en riesgo de exclusión social y reciben apoyo de los servicios sociales.
Beneficio: reciben la ayuda más alta, que puede alcanzar hasta 370 € al año en zonas frías.
🟦 Familias numerosas
Las familias numerosas reconocidas oficialmente tienen derecho automático al bono social del gas, sin necesidad de justificar ingresos. Solo deben ser titulares de un contrato de gas natural en su vivienda habitual.
Beneficio: descuento garantizado, independientemente del nivel de renta o la zona.
🟨 Pensionistas con pensión mínima
Pueden acceder los pensionistas que cobren la pensión mínima de jubilación o invalidez, y vivan solos o con su cónyuge (si este también percibe pensión mínima).
Beneficio: ayuda directa anual sin necesidad de presentar documentación adicional sobre ingresos.
El bono solo puede solicitarlo el titular del contrato de suministro en la vivienda habitual. Además, el contrato debe estar con una comercializadora de referencia, es decir, una empresa que ofrezca la tarifa regulada TUR (Tarifa de Último Recurso).
Si ya eres beneficiario del bono social eléctrico, recibirás automáticamente el bono social térmico (gas), sin necesidad de solicitarlo de nuevo. Asegúrate de que tus datos bancarios estén actualizados para recibir el ingreso correctamente.
Requisitos para acceder al bono social de gas
Para acceder al bono social del gas natural no basta con tener contratada una tarifa de gas.
Existen una serie de condiciones generales, económicas y administrativas que determinan quién puede solicitar esta ayuda y quién la recibe de forma automática.
Ser titular de un contrato de gas natural con tarifa TUR
El primer requisito es ser titular del suministro de gas natural en la vivienda habitual y tener contratada la tarifa regulada TUR (Tarifa de Último Recurso).
Solo las comercializadoras de referencia pueden ofrecer esta modalidad. Si actualmente tienes una tarifa del mercado libre, deberás cambiar primero a una de ellas antes de solicitar el bono.
Que el suministro corresponda a la vivienda habitual
El bono social no se concede para segundas residencias ni locales comerciales.
Debe tratarse de la vivienda donde resides habitualmente y donde se registran tus consumos reales de gas para calefacción, agua caliente o cocina.
Cumplir los límites de ingresos establecidos
Los ingresos anuales del hogar deben estar por debajo de los límites que fija el Gobierno en relación con el
IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
- Un adulto sin hijos: hasta 1,5 veces el IPREM anual.
- Familias con un menor: hasta 2 veces el IPREM.
- Familias con dos menores: hasta 2,5 veces el IPREM.
- Cada persona adicional incrementa el límite en un 0,3.
Ejemplo: una familia con dos hijos y unos ingresos anuales de 23.000 € podría tener derecho al bono social térmico si cumple el resto de condiciones.
Pertenecer a uno de los colectivos especiales
Existen grupos que pueden acceder automáticamente al bono social del gas, incluso si superan los límites de renta:
- Familias numerosas, siempre que la vivienda esté a su nombre.
- Pensionistas que perciben la pensión mínima de jubilación o invalidez.
- Consumidores vulnerables severos o en riesgo de exclusión social, acreditados por los servicios sociales.
Estar al corriente de pago con la comercializadora
Si existen deudas pendientes o cortes de suministro previos, la solicitud no será aceptada.
Antes de tramitar el bono, asegúrate de regularizar cualquier situación con tu compañía de gas.
El importe dependerá de su zona climática y grado de vulnerabilidad, pero podría recibir una ayuda anual de entre 90 y 200 €.
En EcoAsesores te ayudamos a comprobar si cumples los requisitos y a iniciar la solicitud sin coste.
Solo necesitas una factura reciente y tu documento de identidad.
Cómo solicitar el bono social de gas paso a paso
Solicitar el bono social del gas natural es un proceso sencillo, pero conviene hacerlo con atención para evitar errores o demoras. El trámite se realiza a través de una comercializadora de referencia, es decir, una empresa autorizada para ofrecer la tarifa regulada TUR (Tarifa de Último Recurso).
🧾 Pasos principales
- Comprueba si cumples los requisitos: debes ser titular del contrato, tener tarifa TUR y cumplir los límites de ingresos o pertenecer a un colectivo especial.
- Reúne la documentación: DNI o NIE del titular y convivientes, factura reciente con número CUPS, título de familia numerosa o certificado de pensión mínima (si aplica).
- Envía la solicitud: puedes hacerlo por correo electrónico, formulario online o correo postal. Cada comercializadora tiene su propio modelo oficial.
- Espera la confirmación: una vez aprobada la solicitud, se aplicará el bono social eléctrico y, de forma automática, el bono social térmico (gas).
- Mantén tus datos actualizados: si cambian tus ingresos o tu situación familiar, notifícalo para conservar la ayuda.
Las principales comercializadoras de referencia para solicitar el bono social del gas son:
- Energía XXI (Endesa)
- Curenergía (Iberdrola)
- Régsiti (Repsol)
- Baser COR (EDP)
- Gas & Power (Naturgy)
Consejo: revisa que tus documentos estén actualizados antes de enviarlos, especialmente si has cambiado de dirección o titular del contrato.
Bono social térmico: complemento anual del gas
El bono social térmico es una ayuda complementaria al bono social eléctrico destinada a cubrir los gastos de calefacción, agua caliente y cocina de los hogares vulnerables.
Su objetivo es garantizar un acceso justo a la energía y compensar las diferencias de consumo entre regiones más o menos frías.
A diferencia del bono social del gas, este complemento no se aplica en la factura, sino que se entrega como un pago único anual mediante transferencia bancaria.
Lo gestiona el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) y se concede automáticamente a quienes ya disfrutan del bono social eléctrico, sin necesidad de hacer una nueva solicitud.
¿Cuándo se cobra el bono social térmico?
El pago suele realizarse durante el primer semestre del año (entre febrero y mayo).
El importe exacto depende de dos factores:
- El nivel de vulnerabilidad del beneficiario.
- La zona climática donde se encuentre la vivienda habitual.
En 2025, se prevé un pago único anual que puede oscilar entre 35 € y 372 € según el perfil del usuario y la región.
Cuantías aproximadas por nivel de vulnerabilidad
| Nivel de vulnerabilidad | Importe estimado anual (€) |
|---|---|
| Vulnerable | 35 € – 200 € |
| Vulnerable severo | 150 € – 300 € |
| En riesgo de exclusión social | Hasta 372 € |
Cuantías aproximadas por zona climática
| Zona climática | Importe mínimo (€) | Importe máximo (€) |
|---|---|---|
| Cálida | 40 € | 60 € |
| Media | 80 € | 200 € |
| Fría o muy fría | 250 € | 370 € |
Por ejemplo, un hogar vulnerable en una zona media puede recibir unos 120 € al año, mientras que una familia en una zona fría podría alcanzar los 300 € o más.
No hace falta solicitarlo, pero si cambias de banco o de titular, actualiza tus datos para no perder la ayuda anual.
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Preguntas frecuentes sobre el bono social de gas
No. El bono social térmico se concede de forma automática a todos los beneficiarios del bono social eléctrico. Solo debes asegurarte de tener actualizados tus datos bancarios para recibir el ingreso.
El bono social de gas aplica directamente sobre la factura del suministro, mientras que el bono social térmico es una ayuda complementaria que se recibe una vez al año mediante transferencia bancaria.
Sí. Si dejas de cumplir los requisitos de ingresos, cambias de comercializadora a una del mercado libre o ya no resides en la vivienda habitual, perderás el derecho a la ayuda.
También puede suspenderse si hay impagos.
Sí. Ambos bonos son compatibles y, de hecho, el bono térmico se calcula a partir de tu condición como beneficiario del bono social eléctrico.
Necesitarás tu DNI o NIE, una factura reciente, el título de familia numerosa (si aplica) y un certificado que acredite tus ingresos actualizados.
La renovación no es automática: debes actualizar la información cada dos años o cuando cambien tus circunstancias familiares o económicas.
En ese caso, deberás notificarlo a la comercializadora o al MITECO lo antes posible para no perder el pago del bono social térmico anual.
El plazo medio suele ser de entre 1 y 3 meses, aunque puede variar según la comunidad autónoma y la fecha en que se haya tramitado el pago.
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Ventajas de solicitar el bono social térmico para gas natural
Ahorro garantizado: complementa el bono eléctrico y cubre parte de los gastos de calefacción, agua caliente y cocina, reduciendo tu factura energética global.
Protección frente a cortes de suministro: los beneficiarios con vulnerabilidad severa o en riesgo de exclusión social no pueden sufrir interrupciones del servicio, incluso en caso de impago.
Gestión automática y sencilla: no necesitas presentar una nueva solicitud; el bono térmico se concede de forma automática a quienes ya disfrutan del bono social eléctrico.
Ayuda adaptada a tu zona: los importes varían según la zona climática y el nivel de vulnerabilidad, ofreciendo una compensación justa según las necesidades reales de cada hogar.
Compatible con otras ayudas energéticas: puedes beneficiarte también del bono social del gas o de programas autonómicos de eficiencia energética sin perder esta ayuda.
Hazlo fácil con nuestros asesores
Cómo cobrar el bono social de gas natural
La ayuda del bono social de gas natural se abona mediante una transferencia bancaria única durante los primeros meses del año, normalmente entre febrero y mayo.
El ingreso se realiza en la cuenta asociada al bono social eléctrico, por lo que no necesitas hacer ninguna gestión adicional.
📄 ¿Qué ocurre si no tienes domiciliada la factura?
Si tu factura de luz o gas no está domiciliada, deberás facilitar tu número IBAN al organismo correspondiente (normalmente, tu comunidad autónoma o el MITECO).
Sin este dato, no podrá emitirse el ingreso anual del bono social térmico.
Las comunidades autónomas suelen enviar una carta informativa o notificación oficial con los detalles del ingreso, el importe exacto asignado y la opción de renunciar si no deseas recibir la ayuda.
Consejo: revisa que la cuenta bancaria donde recibes el bono social esté activa y a tu nombre. Si has cambiado de entidad, actualiza tu número de cuenta para evitar retrasos en el pago.
Si tienes dudas sobre el estado del ingreso o no lo has recibido, puedes llamar a nuestros asesores al
950 504 610 para comprobar tu situación sin compromiso.
Bono social térmico: cambios y cuantías previstas para 2025
En 2025, el bono social térmico se sigue otorgando automáticamente a los beneficiarios del bono social eléctrico que estuvieran dados de alta a fecha de 31 de diciembre del año anterior. Esto significa que no es necesario presentar una nueva solicitud, solo mantener tus datos actualizados.
Las cuantías varían según la región y el nivel de vulnerabilidad, situándose entre 35 € y 372 € anuales. Muchas comunidades autónomas han ampliado su cobertura y reforzado la comunicación para que ninguna familia quede fuera de esta ayuda.
🔎 Novedades destacadas en 2025
- Se mantiene la concesión automática para beneficiarios del bono social eléctrico.
- Algunas comunidades amplían el importe máximo hasta 370 € en zonas frías.
- Se refuerza la notificación por carta o correo electrónico para informar del ingreso.
- El pago continuará realizándose durante el primer semestre del año.
Además, este ingreso debe declararse como ganancia patrimonial en el IRPF si supera los 1.000 € anuales. Sin embargo, en la mayoría de los casos, no genera obligación de declarar si tus ingresos son bajos o estás exento.
Consejo: conserva la carta o justificante del ingreso para incluirlo correctamente en tu declaración si lo necesitas. Ante cualquier duda, nuestros asesores pueden ayudarte a revisar tu situación sin compromiso.


